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Exceso de velocidad criminal

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La mayoría de nosotros hemos recibido una multa por exceso de velocidad en algún momento de nuestras vidas. Las multas por exceso de velocidad son generalmente de naturaleza civil – lo que significa que son una ofensa civil y no una violación criminal. Sin embargo, en ciertas circunstancias en Arizona el exceso de velocidad puede pasar de ser una infracción civil menor a un caso criminal. Cuando esto sucede, usted tiene que preocuparse de aparecer en la corte, fuertes multas, el aumento de las primas de seguros e incluso el tiempo de cárcel posible. Relájese, como experimentados abogados de tráfico penal, hemos ayudado a cientos de clientes acusados de exceso de velocidad penal y podemos ayudar.

Exceso de velocidad criminal

Exceso de velocidad criminal

¿Qué es el exceso de velocidad criminal?

En Arizona, usted puede ser acusado del crimen de exceso de velocidad criminal bajo A.R.S. § 28-701.02, si usted:

  • Excede 35 mph acercándose a un cruce escolar; o
  • Excede el límite de velocidad anunciado en 20 mph en un distrito comercial o residencial; o
  • Excede 85 mph en otro lugar.

Penas por exceso de velocidad criminal

El exceso de velocidad criminal es un delito menor de clase 3 bajo la ley de Arizona. Los posibles castigos incluyen:

  • Hasta 30 días de cárcel;
  • Hasta 500 dólares de multa;
  • 3 puntos en su licencia.
  • Aunque estos son los posibles castigos por exceso de velocidad criminal, el tiempo de cárcel es normalmente bastante raro. En realidad, sólo hay unos pocos jueces en el estado que dará la cárcel para una primera infracción de velocidad penal billete. A menudo, si usted está excediendo el límite de velocidad hasta el punto en que los jueces están imponiendo la cárcel, también ha sido acusado de otros delitos de tráfico como la conducción temeraria o carreras de arrastre.

    Defensas al exceso de velocidad penal

    Las normas y leyes que rodean el exceso de velocidad penal son bastante sencillas. A decir verdad, las multas por exceso de velocidad penal pueden ser bastante difíciles de defender, ya que la mayoría de las veces se reduce a su palabra contra la palabra del oficial. Dicho esto, hay maneras eficaces de defender y negociar los cargos de exceso de velocidad penal.

    • Atacar el dispositivo de medición. Ya sea que el oficial utilizó la detención por radar, un escáner lidar o un sistema de ritmo, el dispositivo o método requiere que el oficial siga procedimientos estrictos para garantizar la precisión en el dispositivo de medición.
    • Márgenes de error. Incluso cuando los dispositivos y procedimientos de velocidad son utilizados correctamente por la aplicación de la ley, todavía hay un margen de error en el resultado generado. Debido a que A.R.S. § 28-701.02 es tan específico en cuanto a la velocidad, los ataques sobre si usted excedió ciertos umbrales pueden llevar a conclusiones de no culpabilidad.
    • Impugnaciones de hechos. Debido a que estos casos a menudo terminan como su palabra contra la palabra del oficial, atrapar al oficial en inexactitudes de hecho es esencial en la erosión de la confianza en el testimonio del oficial.
    • Tecnicismos legales. Dos de los tres tipos de exceso de velocidad criminal requieren que el estado pruebe que usted se estaba acercando a un cruce escolar o en un distrito comercial o residencial. Socavar la exactitud de los hechos de esos hallazgos hace que la parte del estatuto que se le acusó no sea válida y puede conducir a la desestimación.
      • Ejemplo: Si usted estaba 20 mph más en un camino rural usted no es culpable si el oficial le acusó bajo la subsección A2 ya que usted no está en un distrito comercial o residencial.

        • Conducción defensiva. Aunque no es una defensa técnica, bajo A.R.S. § 28-3392(2)(A), un juez puede permitir que usted asista a una escuela de manejo defensivo (DDS) para que el cargo sea desestimado completamente. La disposición de un juez para permitir que una persona asista a la DDS es normalmente muy específica a los hechos y algunos jueces son más aptos para permitir que la gente participe que otros jueces.

        Abogado de tráfico criminal

        En Feldman & Royle, hemos representado a cientos de personas acusadas de exceso de velocidad criminal. A decir verdad, hay muchas circunstancias en las que contratar a un abogado para que le represente en una multa por exceso de velocidad penal probablemente no tenga sentido. Sin embargo, hay otros momentos, como los juicios por delitos de tráfico penal o para solicitar a la corte para permitir DDS para tener su multa por exceso de velocidad penal despedido donde un abogado de tráfico penal con experiencia puede significar la diferencia entre un registro limpio y una condena penal. Para una consulta gratuita y para discutir si la contratación de un abogado es adecuado para su caso, llámenos.

        Preguntas

        ¿Puede el juez reducir el cargo a una multa civil por exceso de velocidad?

        • No. Bajo el estatuto, usted está expresamente prohibido de tener su cargo reducido a una infracción civil. Sin embargo, es posible negociar con el fiscal para que la acusación penal se reduzca a una infracción civil por exceso de velocidad.

        ¿Tengo que ir al tribunal por una multa penal por exceso de velocidad?

        • Sí. El exceso de velocidad penal es un delito menor de clase 3 y requiere que usted vea a un juez. La falta de comparecencia en la corte puede resultar en una orden de arresto y cargos criminales adicionales.

        ¿Qué es el exceso de velocidad criminal?

        • Bajo A.R.S. § 28-701.02, la velocidad criminal ocurre cuando usted: 1. excede 35 mph acercándose a un cruce escolar; o 2. excede el límite de velocidad publicado en 20 mph en un distrito comercial o residencial; o 3. excede 85 mph en otro lugar.

        Si soy condenado por exceso de velocidad criminal, ¿tengo que ponerlo en las aplicaciones?

        • La respuesta a esto depende de la aplicación, pero tenga en cuenta que el exceso de velocidad criminal es un delito. Si te declaran culpable, tendrás un delito menor en tu historial y las solicitudes de empleo, de estudios y de antecedentes exigen que informes de una condena por un delito menor.

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