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Negligencia

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La negligencia, en derecho, es el incumplimiento de una norma de comportamiento establecida para proteger a la sociedad contra un riesgo irrazonable. La negligencia es la piedra angular de la responsabilidad extracontractual y un factor clave en la mayoría de los juicios por daños personales y materiales.

Reclamación de responsabilidad de una superviviente del Titanic

Reclamación de responsabilidad de una superviviente del Titanic
Reclamación de responsabilidad de la superviviente del Titanic Albina Bassani contra la White Star Line, 1913.

National Archives and Records Administration (NARA)

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Tort: Negligencia
Los enfoques conceptuales de los sistemas de derecho anglosajón, francés y de inspiración alemana son muy diferentes. En la práctica, sin embargo, cuando las personas…

El derecho romano utilizó un principio similar, distinguiendo el daño intencional (dolus) del daño no intencional (culpa) y determinando la responsabilidad por un estándar de comportamiento. El derecho germánico y el francés mantuvieron en sus inicios una responsabilidad muy estricta en caso de accidente y todavía lo hacen. La negligencia no se convirtió en base de la responsabilidad en el derecho inglés hasta 1825.

La doctrina de la negligencia se aplicaba originalmente a los profesionales «públicos», como posaderos, herreros y cirujanos, pero probablemente fue impulsada por la industrialización y el aumento de los accidentes laborales. Al principio, la responsabilidad era dura, pero luego se suavizó para fomentar el crecimiento industrial. La tendencia posterior es hacia una mayor responsabilidad.

La doctrina de la negligencia no exige la eliminación de todo el riesgo de la conducta de una persona, sino de todo el riesgo irrazonable, que se mide por la gravedad de las posibles consecuencias. Por tanto, se aplica una norma más estricta a los fabricantes de nitroglicerina que a los de cerillas de cocina. En ciertos campos críticos -por ejemplo, la industria láctea- la ley impone la responsabilidad por cualquier error, incluso cuando se toman las más estrictas precauciones, una política conocida como responsabilidad estricta (ver también responsabilidad del fabricante).

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El estándar de comportamiento es externo. Generalmente, la ley examina sólo la conducta, no la excitabilidad, la ignorancia o la estupidez que pueda causarla. Los tribunales determinan lo que una hipotética «persona razonable» habría hecho en la situación. Estas normas también exigen un grado de previsión para anticipar la negligencia de otros, especialmente de grupos especiales como los niños.

La prueba de la persona razonable presupone ciertos conocimientos, por ejemplo, que el fuego quema, el agua puede causar ahogos y los coches pueden patinar sobre el pavimento mojado. Las costumbres de la comunidad influirán en estas presunciones, como la práctica de conducir por un determinado lado de la carretera incluso en carreteras privadas, una situación en la que no se aplican las leyes. Las emergencias, sin embargo, pueden suavizar la aplicación de tales normas.

Se pueden hacer concesiones por discapacidades físicas (pero no mentales), como la ceguera, pero la ley exige que las personas discapacitadas eviten ponerse innecesariamente en situaciones en las que su discapacidad pueda causar daños. Aparte de distinguir entre niños y adultos, la doctrina de la negligencia no suele tener en cuenta factores como la edad o la experiencia.

Ordinariamente, el demandante en una demanda por negligencia debe probar la negligencia del demandado mediante una preponderancia de las pruebas, que pueden ser circunstanciales siempre que no sean demasiado especulativas. En algunas situaciones, una vez que el demandante ha establecido una conexión aparente entre su lesión y la aparente negligencia del demandado, éste debe refutar dicha conexión. Esta es la doctrina de res ipsa loquitur (latín: «la materia habla por sí misma»). Por lo general, los daños recuperables por negligencia son una compensación monetaria por las lesiones o pérdidas que se considera que han derivado «natural y próximamente» del acto negligente. Véase también negligencia contributiva.

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