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Protocolo y comunicado para las operaciones de viajes aéreos durante la crisis de salud pública COVID-19 | Autoridad de Aviación Civil de Kenia

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Después del brote y la propagación mundial del coronavirus de la crisis de salud pública COVID-19, la industria de la aviación ha sufrido negativamente las medidas adoptadas para combatir la propagación del virus. La interrupción temporal de las operaciones de pasajeros a través de las fronteras nacionales dio lugar a una caída significativa de las actividades de la aviación internacional.

El 6 de julio de 2020, Su Excelencia, el Presidente de la República de Kenia anunció la reanudación de las operaciones de pasajeros aéreos nacionales el 15 de julio de 2020 y las operaciones de pasajeros aéreos internacionales a partir del 1 de agosto de 2020.

Con el fin de facilitar la reanudación sin problemas de las operaciones de pasajeros aéreos, el Honorable James W. Macharia, EGH el Secretario del Gabinete del Ministerio de Transporte, Infraestructura, Vivienda, Desarrollo Urbano y Obras Públicas emitió un protocolo y un comunicado para las operaciones de viajes aéreos durante la crisis sanitaria COVID-19. El protocolo contiene las medidas que deben tomar los actores y los proveedores de servicios dentro de los viajes aéreos para mitigar la propagación del virus, mientras que el comunicado aconseja a los pasajeros internacionales qué países pueden viajar a Kenia mientras se adhieren a las directrices de prevención de COVID-19 en su lugar

En la reanudación de las operaciones de pasajeros aéreos, el protocolo adopta la Organización Mundial de la Salud, así como las directrices del Ministerio de Salud para combatir la propagación del coronavirus, estos incluyen: –

a) Educación pública

b) Distanciamiento físico

c) Cubrirse la cara y usar mascarillas

d) Higienización rutinaria

e) Examen de salud

f) Rastreo de contactos; y

g) Declaraciones de salud

El comunicado en tándem clasifica requiere que el viajero tenga una prueba de COVID-19 basada en la PCR negativa realizada dentro de las 96 horas anteriores al viaje y que provenga de países considerados como áreas de transmisión de COVID-19 de riesgo bajo o medio que estén exentos de cuarentena. Haga clic en este enlace para leer el comunicado actual

También es importante señalar que el protocolo está alineado con el informe del Grupo de Trabajo de Recuperación de la Aviación Civil (CART) de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), que proporciona una guía para la recuperación de la aviación mundial de los efectos adversos de la pandemia de COVID-19.

Para garantizar que los pasajeros y los trabajadores de la aviación estén protegidos de contraer el virus, el protocolo emitido por el Secretario del Gabinete aborda las siguientes áreas:

a) Aeropuerto

Aborda los elementos dentro del entorno del aeropuerto que deben ser abordados por el operador del aeropuerto para garantizar que el entorno del aeropuerto sea seguro tanto para los pasajeros como para el público que vuela.

b) Aeronaves

Se centra en las orientaciones específicas para la gestión de las aeronaves de manera que los pasajeros y los trabajadores no se vean expuestos al virus por estar a bordo de la aeronave.

c) Tripulación

Destaca el protocolo que debe seguirse para garantizar la seguridad de la tripulación, así como la facilitación de la tripulación en las operaciones internacionales para facilitar la prestación de sus servicios esenciales.

d) Carga

Advierte la posibilidad de transmisión del virus a través de las operaciones de carga y, por tanto, orienta sobre cómo mitigar los posibles riesgos asociados a la gestión de la carga.

Se puede acceder al protocolo aquí

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